Imprimir esta página
Además de aumentar el número de cajones, aumentarán el horario de los parquímetros en #Tepeji

El día de hoy por la tarde durante la 23ava sesión ordinaria de la Asamblea Municipal la regidora Dolores Valencia Bautista, coordinadora de la Comisión de Bandos y Gobernación de la Asamblea Municipal, presentará el dictamen con el cual pretenden reformar 16 artículos del reglamento para el control del estacionamiento en vías públicas, entre los cambios el horario pasará de 10 horas al día a 11 horas de lunes a viernes.

Durante la 22ava sesión ordinaria del 19 de julio, estaba considerada la presentación y votación de dicho dictamen por medio del cual se reformarían 16 artículos del reglamento con el cual se operan los parquímetros, además de modificar 12 artículos y agregar 11 adiciones, sin embargo la misma coordinadora que encabezó los trabajos para estas reformas, la regidora del PANAL Dolores Valencia Bautista, reculó y solicitó que el punto fuera eliminado y llamó a los regidores a participar en una mesa de trabajo para que presenten sus propuestas de cambios y nuevamente sumar el dictamen a la orden del día de la 23ava sesión.

Finalmente el día de hoy se presentará y someterá a votación el dictamen por medio del cual de acuerdo a una copia del dictamen (que fue presentado el 19 de julio) se reforman los artículos 3, 4, 8, 12, 13, 14, 18, 20, 21, 22, 23, 25, 26, 31, 32 y 33 del reglamento de estacionamiento en la vía pública mediante la operación de parquímetros, por otra parte se modifican los artículos 3, 4, 8, 12, 13, 14, 18, 20, 21, 22, 23, 25 así como los artículos 32 y 33 (es decir los mismos que se reformaron salvo el artículo 26) y de igual forma se presentan 11 adiciones.

Destaca la adición en el artículo 4 mediante el cual en el punto I el municipio se otorga la facultad de reformar el reglamento (las veces que le sean necesarias se intuye), II se establece que las reformas no afecten los derechos y obligaciones del contrato, es decir que no se afecte a Parkimovil en sus derechos ni se le afecten sus obligaciones.

En la adición 4 TER destaca en el punto IV: Autorizar la ampliación de las zonas de parquímetros… previos estudios técnicos que justifiquen la utilidad pública, por lo que de aprobarse este punto el municipio deberá sustentar y presentar, por lo menos a la asamblea, el estudio con el cual se pretende llevar a cabo la actual 2ª etapa de ampliación con lo cual se pretende aumentar de 342 espacios regulados el año pasado a casi 600 en 2017.

Cabe destacar que aunque estas reformas no se han aprobado ya se inició la ampliación de cajones regulados que encontró oposición de vecinos de La Llave, de la calle Morelos y de los vecinos del Polo Norte.

En el artículo 13 se establece el horario de las nueve de la mañana a las 20 horas de lunes a viernes y sábados de nueve a 14 horas, dejando sin aplicación domingos y días festivos, estableciendo que el usuario sólo deberá usar un cajón por unidad, en este artículo se aumentó el horario en 5 horas a la semana, ya que anteriormente el servicio era hasta las 19:00 horas, lo cual significa un aumento de 40 horas al mes y alrededor de 500 horas adicionales al año, esto multiplicado por los casi 600 cajones que operaran una vez que el programa esté trabajando al cien por ciento.

El mismo artículo establece que las unidades de carga de dos toneladas de peso y 5 metros de longitud que cuenten con mercancía “abordo” (sic) podrán usar los cajones regulados de las 21:00 horas a las 7:00 horas, es decir que no podrán usar los cajones, se concluye que incluso aunque paguen no podrán usar los cajones.

En el artículo 13 BIS se establece que los 10 minutos de tolerancia sólo podrán usarse cuando se agota el tiempo o para retirarse del cajón regulado o para hacer un nuevo pago, es decir, que descarta que los 10 minutos de tolerancia puedan usarse sin pagar por estacionarse, por lo que se abre la oportunidad para que retiren la placa al usuario, este es uno de los puntos polémicos ya que muchos usuarios usan los 10 minutos de tolerancia para realizar alguna compra y retirarse sin necesidad de pagar por estacionarse, ya que la finalidad del programa de parquímetros es de dar movilidad a los autos y que existan espacios disponibles para estacionarse.

El artículo 14 en el apartado II obliga a motociclistas y vehículos motorizados (motonetas, moto patines y cualquier unidad con motor de combustión interna) a cubrir el servicio a pesar de que hagan uso de cualquier proporción de un cajón.

El apartado III prohíbe que bicicletas, carros de mano, remolques, y en general los de tracción no mecánica, como bicicletas por ejemplo de tamales o comida, carretillas de postres, hagan uso de los cajones regulados.

El artículo 22 ordena que los autos que no hayan cubierto el servicio al término de los horarios de servicios serán remitidos al corralón y se aplicará la normativa del reglamento de Tránsito, es decir que los usuarios además de pagar la multa por no pagar el servicio, deberán pagar el servicio de grúa y el tiempo (por día de pensión) que la unidad permanezca en el corralón.

En el artículo 26 BIS se establece que el usuario multado por las razones que prevé el reglamento, no pagar, exceder el tiempo, tomar más de dos cajones etc, si paga en los siguientes 3 días (no especifica si hábiles o naturales) recibirá un descuento del 50 por ciento de la multa.

El artículo 31 BIS estima que los elementos de la Secretaría de Seguridad pueden al levantar una infracción, retirar la placa, la tarjeta de circulación e incluso la licencia de conducir y que en caso de no contar con ninguna se actuará conforme al reglamento de tránsito, anteriormente sólo estaban facultados para retirar la placa del auto multado.

El artículo 32 estima sanciones para quien ocupe dos cajones delimitados para estacionarse, el apartado IV impone sanciones de hasta 15 U.M.A. a quien coloque en los espacios o cajones regulados por el programa de parquímetros, cualquier señalamiento, instrumento, objeto en la vía pública obstruyendo su uso, de igual forma se multará a quien use cajones para personas con discapacidad sin que lo requiera, de la misma forma quien por medio de cualquier acción eluda el pago se le impondrá una multa de hasta 15 U.M.A..

Una vez que estas reformas, modificaciones y adicione sean publicadas en el Periódico Oficial del estado de Hidalgo entrará en vigor, y quedará sin efecto el Reglamento vigente que fue publicado el 12 de diciembre de 2016.

Comparte este artículo
We use cookies to improve our website. By continuing to use this website, you are giving consent to cookies being used. More details…