El Diputado #AldoMeza presentó ante el Congreso del Estado de Hidalgo, una iniciativa con proyecto de decreto, para reconocer como #discapacidad a la #InsuficienciaRenalCrónica, con la finalidad de reconocer expresamente a las personas con insuficiencia renal crónica como personas con discapacidad, y garantizar su acceso al Sistema Nacional de Apoyos y Servicios en la materia.
Durante su exposición de motivos, el legislador señaló entre otras cosas, que la insuficiencia renal crónica constituye una enfermedad progresiva, irreversible y de larga duración que afecta de manera significativa la calidad de vida, limitando la participación plena y efectiva de las personas en la sociedad.
Indicó que la Guía de Práctica Clínica para el Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Renal Crónica establece que los pacientes con insuficiencia renal crónica en etapas avanzadas presentan limitaciones comparables a discapacidades ya reconocidas, además de que en estadios avanzados enfrentan gastos catastróficos por terapias de reemplazo renal; dificultad para conservar empleo y movilidad reducida por tratamientos frecuentes; estigmas y barreras administrativas para el reconocimiento de su condición como discapacidad; y, en muchos casos, exclusión de programas de apoyo o protección social debido a interpretaciones restrictivas de la categoría “discapacidad”.
Derivado de lo anterior, señaló que, con la reforma a La Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, se puede lograr reconocimiento de derecho y accesos a apoyos, así como prevención de costos elevados al sistema de salud y costo social.
Dijo que diagnosticar y tratar oportunamente la enfermedad renal crónica, y reconocerla legalmente como discapacidad, puede favorecer intervenciones en etapas tempranas, reducir la progresión a estadios terminales que requieren diálisis o trasplante, ahorrar recursos públicos y aliviar cargas financieras a las familias.
Además, se lograría un mejor cumplimiento del enfoque de inclusión social, toda vez que la inclusión no sólo significa acceso físico o educativo, sino también reconocimiento jurídico de condiciones de salud que limitan funciones.
Por lo anteriormente expuesto, sometió a consideración del Congreso la iniciativa que en su artículo único señala que:
Se ADICIONA la fracción vigésima Bis al artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, para quedar como sigue:
Insuficiencia renal crónica: condición de salud que comprende el daño progresivo e irreversible de la función renal, manifestado clínicamente, que en estadios avanzados, cuando la persona requiera terapias sustitutivas de la función renal (diálisis o trasplante) o presente afectaciones funcionales significativas que limiten actividades esenciales de la vida diaria, limita permanente o temporalmente la capacidad del paciente para realizar dichas actividades, y que al interactuar con barreras físicas, sociales o ambientales, puede ser considerada discapacidad para los efectos de esta Ley.
Finalmente, agradeció a la 𝗔𝘀𝗼𝗰𝗶𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝗣𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗜𝗻𝘀𝘂𝗳𝗶𝗰𝗶𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮 𝗥𝗲𝗻𝗮𝗹 𝗖𝗿ó𝗻𝗶𝗰𝗮, representada por las ciudadanas #ValeriaCureño y #KarlaEstherJuárezVillegas, del municipio de #TepejiDelRío, que le plantearon esta reforma con el objetivo de armonizar la legislación federal con el marco constitucional e internacional de derechos humanos.
